El Supremo confirma las condenas a los procesados por el movimiento pro-amnistía
La sentencia del Supremo, notificada hoy, se produce tras la vista celebrada el pasado 23 de setiembre en el alto tribunal español para ver los recursos presentados al fallo de la Audiencia Nacional española que consideró en setiembre de 2008 que Gestoras pro-Amnistía y Askatasuna eran «organizaciones terroristas» e impuso penas de entre ocho y diez años de cárcel para 21 de los acusados.
Seis de los procesados inicialmente fueron absueltos, a pesar de que todos los imputados en el sumario renunciaron a la defensa jurídica por parte de sus abogados desde el inicio del juicio al entender que la sentencia estaba escrita de antemano.
En la vista del recurso, la Fiscalía pidió al Supremo la confirmación de la “ilicitud y disolución” de ambos organismos y el mantenimiento de todas las condenas impuestas por la Audiencia Nacional. El abogado del AVT también defendió la misma postura y apeló al tribunal para que «extienda el concepto de terrorismo» con el fin de mantener las condenas.
Al contrario que en el recurso del 18/98, donde la propia Fiscalía pidió una rebaja de las penas al considerarlas excesivas, la representante del Ministerio Público aseguró que las penas de cárcel reclamadas en esta sentencia no son desproporcionadas y señaló que hay pruebas suficientes para fundamentarlas.
Por su parte, las cuatro abogadas que defendieron los intereses de los condenados -Arantza Zulueta, Ainhoa Baglietto, Amaia Izko y Haizea Ziluaga- resaltaron que Gestoras pro-Amnistía y Askatasuna no pueden ser consideradas como «organizaciones terroristas» ya que desarrollaban una actividad pública «lícita», además de pública. Explicaron que realizaron un trabajo político denunciando la represión y en solidaridad con los represaliados.
Según indicaron, en las funciones que atribuye la Audiencia Nacional a estos organismos no se puede establecer ninguna responsabilidad acerca de acciones violentas o vinculadas con la organización ETA. Y recordaron que el propio tribunal especial reconoció que no existía una vinculación directa entre la organización armada vasca y los citados organismos.
Asimismo, las letradas exigieron la libre absolución de todos los condenados ya que, como señalaron en los recursos, ni siquiera hay proporcionalidad entre las penas impuestas y los hechos declarados como probados.
Las defensas denunciaron que no se han individualizado las penas como exige la legislación, ya que la sentencia no atribuye actuaciones delictivas concretas a ninguno de los imputados. En el caso de Aitor Jugo, hasta la Fiscalía reconoció que no había suficientes motivos en su contra, pero dejó en manos del tribunal la decisión y mantuvo la condena de diez años de cárcel impuesta por la Audiencia Nacional.
Trece días después, recuperó su libertad.
En libertad
Además de Jugo, también permanecen en libertad Josu Beaumont, Julen Larrinaga, Jagoba Terrones, Gorka Zulaika, Ainhoa Irastorza, Aratz Estonba, Jon Beaskoa e Iker Zubia. Todos ellos quedaron libres con la obligación de comparecer dos veces a la semana ante el juez a la espera de que se resolviera el recurso ante el Tribunal Supremo. Los ocho tienen gran parte de la pena impuesta ya cumplida.
Fuente: GARA
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